Los derechos relativos al fin de contrato aluden a los montos que el PNUD debe a los miembros de la plantilla en el momento de su separación (partida) de la Organización. Esos importes consisten en:
- El subsidio de repatriación (para los funcionarios de la categoría internacional)
- Las vacaciones anuales
- El último salario mensual
- El subsidio de estudios
Un proceso de separación supone muchas medidas. El miembro de la plantilla, su centro de trabajo y varias oficinas del PNUD/ONU serán objeto de un cierto número de solicitudes acerca de documentos y autorizaciones relativos a importes pendientes de viaje, subsidio de estudios, etc., que deben ser tratados. Las prestaciones de fin de contrato serán abonadas una vez que se haya examinado detenidamente toda la documentación para asegurarse de que no quedan sumas pendientes entre usted y el PNUD. Generalmente, se pagan las prestaciones finales entre tres y cuatro meses tras la fecha de separación. Se debe notar que la presentación de los documentos requeridos es esencial para que se desarrolle un proceso de separación fluido.
1. El subsidio de repatriación
El subsidio de repatriación se entiende como una ayuda a los miembros del personal, reclutados en la categoría internacional, para que puedan hacer frente a los gastos inherentes al establecimiento de su nueva residencia tras haberse ido del centro de trabajo. Se paga a los funcionarios que el PNUD debe repatriar. El subsidio depende del número de años de servicio y del número de familiares a cargo del miembro de la plantilla.
El subsidio de repatriación debe ser objeto de una demanda en los dos años después de la fecha de separación. Pero sólo se puede pedir una vez que el miembro del personal haya establecido su residencia fuera del centro de trabajo y que el establecimiento de la nueva residencia no sea temporal. Si se queda en el mismo lugar después de vencer su contrato, el subsidio de repatriación será puesto en una cuenta de fideicomiso por un plazo de dos años como máximo. Tras lo cual, su derecho al subsidio finaliza. Sin embargo, se puede solicitar una prórroga de plazo por un año presentando por escrito una petición a los Servicios de Prestaciones y Derechos (SAS) antes de que se cumplan los dos años. Una prórroga no se otorga automáticamente.
También se necesita el certificado del nuevo lugar de residencia fuera del centro de trabajo (también llamado prueba de reubicación) para poder abonar el subsidio. El documento tiene que llevar la firma/sello de una autoridad oficial (gobierno, ayuntamiento, etc.) del país en que el miembro de la plantilla fijó su domicilio tras la separación. El original del certificado tiene que ser enviado al Encargado/a de RR.HH. de SAS responsable de su separación.
Se toma en consideración el salario de base neto para calcular el subsidio de repatriación. Para los empleados sin familiares a cargo, 1 año de servicio da derecho a 3 semanas (15 días hábiles) de salario; 2 años de servicio, 5 semanas (25 días hábiles); más allá de 2 años de servicio se otorga una semana suplementaria por cada año adicional (con un total máximo de 16 semanas). Para los empleados casados o con familiares a cargo, 1 año de servicio da derecho a 4 semanas (20 días hábiles) de salario; 2 años de servicio, 8 semanas (40 días hábiles); más allá de 2 años de servicio, se otorgan 2 semanas suplementarias por cada año adicional total máximo de 28 semanas).
2. Las vacaciones anuales
El abono de días de vacaciones anuales acumulados en la fecha de separación comprende como máximo:
- 30 días para los funcionarios que acaben un año de servicio
- 45 días para los funcionarios que acaben dos años de servicio
- 60 días para los funcionarios que acaben tres o más años de servicio
Se conmutan en efectivo los días de vacaciones anuales acumulados basándose en el salario neto del miembro de la plantilla (solo o con familiares a cargo) más el ajuste al puesto correspondiente al lugar de trabajo en el momento de la separación, dividido por 21,75 (los 261 días hábiles por año divididos por 12 meses) y multiplicado por los días de vacaciones anuales que se le deben. También se debe añadir la prima de idiomas para el personal de la categoría Servicios Generales, si procede.
3. El último salario mensual
Si la separación ocurre antes del día de paga a fines de mes, se retiene el último salario mensual y se abona con las prestaciones finales.
4. El subsidio de estudios
En caso de que el miembro del personal haya presentado una solicitud respecto al subsidio de estudios poco antes de la fecha de separación, se abonará el dicho subsidio con las prestaciones de fin de contrato.
El “paquete de separación”
El “paquete de separación” es el término en uso para referirse a los documentos y la autorización de viaje (si procede) que envían los Servicios de Prestaciones y Derechos al miembro de la plantilla a punto de separarse de la Organización. Consiste en una carta para él/ella, la cual le explica el proceso de separación y los diversos trámites; una autorización para que su oficina de trabajo le pague el subsidio de traslado y el coste del viaje en efectivo (si procede); y un número de formularios que él/ella mismo/a y la oficina han de rellenar.
Derechos relativos al viaje y envío de los efectos personales
Coste del billete de transporte en efectivo
Generalmente, los funcionarios de la categoría internacional así como la(s) persona(s) reconocida(s) a su cargo tienen derecho al coste del medio de transporte en efectivo. Esto con respecto al viaje de su centro de trabajo al lugar de repatriación. Un mes aproximadamente antes de la fecha de fin de contrato, los Servicios de Prestaciones y Derechos les envía al miembro de la plantilla y a su oficina de trabajo una carta y varios documentos de separación, incluyendo una autorización a fin de que la oficina pague al dicho miembro su billete/pasaje en efectivo.
Para más detalles, véase la circular UNDP/ADM/00/14 del 21 de junio de 2000 en la sección Formularios y circulares/Viajes y visas/Documentos y circulares.
El subsidio de traslado
El subsidio de traslado consiste en una suma global que se otorga por los gastos incurridos al enviar los efectos personales. Los importes son:
- Para los JPO, 6.000 dólares EE.UU. (persona sola) y 9.000 dólares EE.UU. (con familiar/es a cargo)
- Para los Coordinadores Residentes, 20.000 dólares EE.UU. (independientemente de si hay familiar/es a cargo)
- Para los demás funcionarios, 10.000 dólares EE.UU. (persona sola) y 15.000 dólares EE.UU. (con familiar/es a cargo)
En caso de un nombramiento de una duración inferior a un año e independientemente de si hay familiar/es a cargo, el subsidio de traslado asciende a 1.200 dólares EE.UU.
Los funcionarios que están a punto de separarse de la Organización tienen derecho a recibir su subsidio de traslado (así como el abono del equivalente en efectivo del precio del viaje a su lugar de repatriación) antes de la fecha de vencimiento de su contrato, lo que les permite organizar el envío de sus efectos personales. Un mes aproximadamente antes de la fecha de separación, los Servicios de Prestaciones y Derechos les envía al miembro de la plantilla y a su oficina de trabajo una carta y varios documentos de separación, incluyendo una autorización a fin de que la dicha oficina le pague su subsidio de traslado y billete/pasaje en efectivo.
Para información más detallada, véase la circular UNDP/ADM/2003/28 del 7 de abril de 2003 en la sección Formularios y circulares/Viajes y visas/Documentos y circulares.
Caja de pensiones
Si el miembro del personal fue socio/a de la CCPPNU por un plazo inferior a cinco años, tiene que rellenar la página pertinente en el documento “PENS E/6. Instructions for Payment of Benefits”.
Si el miembro del personal fue socio/a de la CCPPNU por un plazo superior a cinco años, tiene que rellenar la página pertinente en el documento “PENS E/7. Instructions for Payment of Benefits”.
Estos documentos forman parte del “paquete de separación”. Según lo que se elija en el formulario, el capital de pensión será entregado al miembro de la plantilla o guardado en una cuenta de fideicomiso. Si el/la funcionario/a desea cobrar su capital, éste le será abonado por la CCPPNU una vez que el PNUD y el Servicio de las nóminas de la ONU hayan concluido todos los trámites de separación. En general, un ex miembro de la plantilla suele recibir su capital de pensión entre tres y cuatro meses tras la salida de funciones.
Para mayor información acerca de las cotizaciones a la Caja de pensiones, ponerse en contacto directamente con la CCPPNU; por ejemplo, si se desea información relativa al importe abonado en el momento de la separación, en el caso de que se opte por esta solución. También se pueden consultar las secciones “Regulations and Rules” y “Calculate your Entitlements” en el sitio Internet de la caja.
UNJSPF United Nations Headquarters P. O. Box 5036 Nueva York NY 10017 Estados Unidos Correo-e: unjspf@un.org Tel.: (+1) 212 963 6931 www.unjspf.org
Tome nota que en caso de acudir a la oficina del Fondo en Nueva York, debe dirigirse al número 1 de Dag Hammarskjold Plaza, ubicado en la esquina suroeste de la Calle 48 y la Seguna Avenida, luego al piso 37.
UNJSPF Palais des Nations 1211 Ginebra 10 Suiza Correo-e: jspfgva@unog.ch Tel.: (+41) 22 917 18 24 Fax: (+41) 22 917 00 04 www.unjspf.org
Ambas oficinas, la de Nueva York y la de Ginebra, comparten el mismo sistema de archivo electrónico, de modo que se puede contactar con cualquiera de ellas, aunque se estuviera en funciones en Nueva York.
Seguros de enfermedad y de vida
Las coberturas de la compañía Aetna Group Life Insurance (si procede) y del seguro de enfermedad vencen a finales del mes de la fecha de separación. Si, por ejemplo, esta fecha cae el 15 de marzo, la cobertura seguirá vigente hasta el 31 de marzo. Si la fecha de separación es el 31 de marzo, la cobertura seguirá vigente hasta ese mismo día (31 de marzo).
Los funcionarios que deseen extender su cobertura más allá, tendrán que contratarla como miembros individuales privados. Para mayor información acerca de los planes de ambos seguros, se puede contactar directamente con: UN Insurance Unit, UN Secretariat 304 East 45th Street, Room FF-335P New York NY 10017 Estados Unidos Tel.: (22) 963-9124 / Fax: (212) 963-4222 http://www.un.org/Depts/oppba/accounts/insurance/
Es posible que los funcionarios tengan derecho a los seguros médico y de vida posteriores a la función, con distintos niveles de reducción de prima, dependiendo de su número de años en servicio.
Seguro médico postservicio
Requiere que el miembro tenga 55 años en el momento de la separación y que haya cotizado al seguro como mínimo cinco años sin interrupción (o como mínimo diez años si su reclutamiento tuvo lugar el o después del 1 de julio de 2007). Para información más detallada, véase la circular ST/AI/2007/3 del 1 de julio de 2007 ubicada en nuestro sitio web en la sección "Formularios y circulares/Separación/Separación-documentos" o en el sitio web del seguro de la ONU: http://www.un.org/Depts/oppba/accounts/insurance/
Si tiene este derecho, el miembro de la plantilla recibirá el formulario de solicitud correspondiente que su Adjunto/a de RR.HH. le enviará antes de la separación.
Seguro de vida postservicio - Cobertura gratuita del seguro de vida tras la fecha de separación
Los miembros que finalicen sus funciones antes de los 55 años se beneficiarán de un año de cobertura gratuita del seguro de vida con el nivel de cobertura vigente en la fecha de su separación; esto será por cada periodo cumplido de 10 años de cotizaciones.
Los miembros que finalicen sus funciones con 55 años o más se beneficiarán de una cobertura gratuita del seguro de vida equivalente a un porcentaje de la cobertura vigente en la fecha de su separación. Se reduce el porcentaje con el envejecimiento del miembro pero entre un mínimo y un máximo.
El privilegio de conversión
Todos los funcionarios que en el momento de su separación participan en el plan de seguro pueden llegar a un acuerdo con la compañía concernida a fin de convertir su contrato de seguro en una póliza individual bajo las condiciones establecidas por la dicha compañía; esto, sin tener que presentar demás pruebas de asegurabilidad.
Véase el documento “Administrative Instructions ST/AI/2002/5 del 30 de septiembre de 2002 para más detalles. Está disponible en este sitio web en la sección Formularios y circulares/Separación/Separación-documentos o en el sitio web del seguro de la ONU: http://www.un.org/Depts/oppba/accounts/insurance/. A continuación su dirección:
UN Insurance Unit, UN Secretariat 304 East 45th Street, Room FF-335P New York NY 10017 Estados Unidos Tel. (212) 963-9124 / Fax (212) 963-4222 http://www.un.org/Depts/oppba/accounts/insurance/
Van Breda
Head of Department J. Van Breda and Co. Plantin en Moretuslei 295 2140 Borgerhout (Antwerpen) Bélgica Fax: 323-2723969 Email: gp1@int.vanbreda.be
Aetna (Group Life Insurance)
Consulte el sitio Internet www.aetna.com para detalles de contacto en relación con su pregunta particular.
Van Breda
Laissez-passer de las Naciones Unidas (UNLP)
Su Laissez-passer de la ONU ha de ser cancelado en el momento de su salida de la Organización. Con lo cual, tiene que remitir su UNLP a los Servicios de Prestaciones y Derechos en esa fecha. Se abonarán las prestaciones finales sólo cuando se presenten el UNLP y todos los documentos rellenados.
Los Servicios de Prestaciones y Derechos enviarán el Laissez-passer a la Sección de viajes del PNUD para que lo anule. Este servicio se lo devolverá al miembro de la plantilla tras la cancelación.
En caso de que el miembro del personal permanezca en servicio como funcionario/a internacional – a saber, con un contrato de plazo fijo (categoría 100) o con un contrato L (categoría 200) o con un contrato ALD (categoría 300) –, entonces podrá conservar el Laissez-passer. Sin embargo, la oficina de trabajo ha de enviar a los Servicios de Prestaciones y Derechos la confirmación de que tramitará la prórroga así como la cancelación el día que el miembro de la plantilla termine su servicio.
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